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| Reineta de las Caderechas./Luis
Mena |
Las plantaciones aptas para la produccion de la manzana
amparada por la Marca de Garantía deberán
estar situadas por encima de los 575 metros de altitud
sobre el nivel del mar. Beberán estar plantadas
en suelos con Ph no inferior a 5,5. Está prohibido
el uso del material transgénico. Todo el material
vegetal utilizado quedará registrado adecuadamente
según lo especificado en el presente reglamento.
Mantenimiento del suelo:
Para el manejo de la cubierta vegetal del suelo se permitirán:
el laboreo, las cubiertas vegetales tanto temporales
como permanentes, y la aplicación de técnicas
mixtas (laboreo- cubierta vegetal), pero estará
prohibido el uso de herbicidas.
Riego:
Se prohibirá el riego por aspersión, excepto
en el caso de utilización como medida de defensa
contra las heladas.
Se encuentran prohibidos los métodos de aclareo
de frutos mediante aplicación de productos químicos.
Se prohibirá la aplicación de hormonas
de síntesis sobre suelo, árboles o frutos.
Para el control del vigor de los árboles se
prohibe la utilización de reguladores de crecimiento,
pudiendo emplear únicamente técnicas culturales
como la poda o el control de abonado nitrogenado.
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