Denominaciónes de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas Reconocidas
Castilla y León
Vinos de la Tierra
[ Vino de la Tierra de Castilla y León, larga tradición vitivinícola]

La mención ‘Vino de la Tierra de Castilla y León’ surge promovida por un grupo de grandes bodegueros poseedores de la más rica tradición en el mundo de los caldos

En el año 2000, un grupo de grandes bodegueros de la comunidad solicitaron y consiguieron la creación de la mención ‘Vino de la Tierra de Castilla y León’. Sus motivos se centraban en la necesidad de canalizar una gran parte del vino elaborado en estas tierras y aprovisionarse de uva de Castilla y León, garantizando la estabilidad de precios y la calidad de la uva y de los vinos.


DATOS

Localización: Todas las provincias
de Castilla y León

Extensión: Aproximadamente, 75.000 hectáreas

Variedad de uvas: Todas las autorizadas en las denominaciones de origen

Bodegas: 60

Producción en 2005: 18 millones de kilos

Dirección de Asovintcal:
C/ Mariano García Abril, 6, bajo,
Valladolid

En julio del 2000, estos bodegueros constituyeron la Asociación de Bodegas Elaboradoras y Embotelladoras de Vino de la Tierra de Castilla y León (ASOVINTCAL). Todos sus miembros son poseedores de la más rica y larga tradición vitivinícola, que se remonta en muchos casos a bodegas centenarias.


Sus vinos destacan por su alta calidad, gracias a una materia prima diversa, contando con variedades autóctonas, únicas en esta comunidad, como Verdejo, Juan García, Rufete, Prieto Picudo, Mencía y la Tinta de Toro, entre otras.

[ Características ]



Los vinos, blancos, rosados y tintos, para poder utilizar la mención «Vino de la Tierra de Castilla y León», deberán reunir las siguientes características:

1. – Características físico-químicas:

Vinos blancos y rosados:
Grado alcohólico volumétrico natural mínimo: 11 º .
Acidez total mínima: 4 g./l. por litro expresados en ácido tartárico.
La acidez volátil no será superior a 0,8 g./l. ex presado en ácido acético, salvo los que hayan sido sometidos a algún proceso de envejecimiento, en cuyo caso dicho límite no será superior a 1 g./l., siempre que su graduación alcohólica sea igual o inferior a diez grados. Para los vinos con crianza de mayor graduación, este límite de acidez volátil será incrementado en 0,06 gramos por grado de alcohol que sobrepase de los 10º.
Anhídrido sulfuroso total: 200 mg./l. para vinos con riqueza en azúcares inferior a 5 g./l.; y 250 mg./l. para vinos con riqueza en azúcares superior a 5 g. / l .

Vinos tintos:
Grado alcohólico volumétrico natural mínimo; 11º.
Acidez total mínima: 4 g./l. expresados en ácido tartárico .
La acidez volátil no será superior a 0,8 g./l. expresado en ácido acético, salvo los que hayan sido sometidos a algún proceso de envejecimiento , en cuyo caso dicho límite no será superior a 1 g./l., siempre que su graduación alcohólica sea igual o inferior a 10º. Para los vinos con crianza de mayor graduación, este límite de acidez volátil será incrementado en 0,06 gramos por grado de alcohol que sobrepase de los 10º.
Anhídrido sulfuroso total: 150 mg./l. para vinos con riqueza en azúcares inferior a 5 g./l.; y 200 mg./l. para vinos con riqueza en azúcares superior a 5 g. / l

Otros tipos de vino de mesa: Las establecidas en la normativa vigente.

2. – Características Organolépticas:
Los vinos dispuestos para el consumo, serán vinos con aromas limpios, francos, sin oxidar, excepto en los casos en que los vinos hayan sido sometidos a crianza oxidativa. No presentarán defectos de sabor.

Los vinos sometidos a un proceso de envejecimiento en roble, habrán de permanecer un mínimo de tres meses en barrica, y deberán presentar las características aromáticas y gustativas propias de dicha maduración.

[ Delimitación geográfica]



Los vinos amparados por la mención «Vino de la Tierra de Castilla y León », únicamente podrán ser elaborados y/o envejecidos en bodegas ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y con uvas procedentes de viñedos inscritos en el Registro Vitícola de la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León.

[ Normas de producción]


Normas de cultivo

El vino elaborado y envasado en bodegas ubicadas en Castilla y León únicamente podrá utilizar la mención «Vino de la Tierra de Castilla y León» cuando en su elaboración se hayan empleado exclusivamente las variedades recomendadas o autorizadas mencionadas anteriormente, o aquellas que la normativa en vigor pudiera recomendar o autorizar en el futuro para Castilla y León.
Las prácticas de cultivo serán las que tiendan a conseguir las mejores calidades de uva. Se realizarán de manera que expresen el mejor equilibrio entre la vegetación y la calidad de la producción. Las plantaciones autorizadas para la obtención de la uva destinada a la elaboración de vino amparado por la mención «Vino de la Tierra de Castilla y León» deberán ser en vaso o espaldera.

[ Etiquetado ]

El etiquetado del «Vino de la Tierra de Castilla y León», además de los requisitos exigidos por el Reglamento (CE) 1493/1999, del Consejo de 17 de mayo, el Reglamento (CE) 753/2002, de la Comisión de 29 de abril de 2002, el Real Decreto 1127/2003, de 5 de septiembre, y demás normativa vigente, así como las normas que los sustituyan o desarrollen, tendrá que cumplir los siguientes requisitos:
- Se realizará con una determinada marca.

La etiqueta no dará lugar a confusión en cuanto al origen geográfico.
La referencia «Vino de la Tierra de Castilla y León» figurará en la etiqueta principal con un tamaño mínimo de 3 mm. Si en el etiquetado se citan variedades de uva, se indicarán, por orden decreciente del porcentaje en que intervienen en la elaboración del vino.

- Todos los vinos que utilicen la mención «Vino de la Tierra de Castilla y León» llevarán obligatoriamente una contraetiqueta numerada.

- Será obligatorio indicar en el etiquetado de los vinos de la Tierra de Castilla y León el nombre y/o marca de conformidad de la entidad externa de control.

[ Control y Certificación]

El control será efectuado por entidades externas que cumplan la norma EN-45011 y estén inscritas en el Registro de Entidades de Certificación de Productos Agroalimentarios de Castilla y León para el alcance previsto en el presente Reglamento.

Asociación
Asociación de Bodegas Elaboradoras y Embotelladoras
de Vino de la Tierra de Castilla y León
C/ Mariano García Abril 6, bajo
47014 VALLADOLID
Telf.: (983) 36 03 83
Fax: (983) 36 29 21

[ Norma legal]

ORDEN AYG / 323 / 2005, de 7 de marzo, que aprueba el Reglamento por el que se establecen las normas de utilización de la mención «Vino de la Tierra de Castilla y León».

  Sopa de almendras  
Ingredientes
Para seis personas: 1 pastilla de turrón; 1/2 kilo de figuritas de mazapán (opcional); 1,5 litros de leche; 50 gramos de mantequilla y 100 gramos de almendras peladas y cocidas y una cucharadita de canela molida.

Una receta tradicional en el invierno y sobre todo en Navidad es la sopa de almendras. Se trata de un plato muy extendido en Valladolid, León, Salamanca y Zamora. Aunque existen versiones que prescinden de la leche, la más extendida es esta sopa dulce, que puede utilizar, además, rebanadas de pan.

Se pone a cocer la leche y, cuando empieza a hervir, se agrega la mantequilla, el turrón en trozos pequeños y el mazapán desmigado (también se puede añadir en trozos o utilizar sólo pan). Se agregan las almendras molidas. A continuación se remueve durante cinco minutos para impedir que se pegue y facilitar una buena ligazón. Se le da un hervor y se retira del fuego.


Este plato es de sencilla elaboración y puede llevar un tiempo no superior a los quince minutos.ependiendo de las versiones, puede colocarse al inicio de la comida o en los postres, si las materias primas son demasiado dulces. Se sirve en la sopera, momento en el que se espolvorea la canela molida. Aunque se toma caliente hay a quien este plato le gusta templado.

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