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Denominaciónes
de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas
Reconocidas |
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| Castilla
y León |
| Vinos de la Tierra |
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| [ Vino de la Tierra de Castilla
y León, larga tradición vitivinícola] |
| La
mención ‘Vino de la Tierra de Castilla
y León’ surge promovida por un grupo de
grandes bodegueros poseedores de la más rica
tradición en el mundo de los caldos
En el año 2000, un grupo de grandes bodegueros
de la comunidad solicitaron y consiguieron la creación
de la mención ‘Vino de la Tierra de Castilla
y León’. Sus motivos se centraban en la
necesidad de canalizar una gran parte del vino elaborado
en estas tierras y aprovisionarse de uva de Castilla
y León, garantizando la estabilidad de precios
y la calidad de la uva y de los vinos.
| DATOS |
Localización: Todas las
provincias
de Castilla y León
Extensión: Aproximadamente,
75.000 hectáreas
Variedad de uvas: Todas las autorizadas
en las denominaciones de origen
Bodegas: 60
Producción en 2005: 18 millones
de kilos
Dirección de Asovintcal:
C/ Mariano García Abril, 6, bajo,
Valladolid |
En julio del 2000, estos bodegueros constituyeron la
Asociación de Bodegas Elaboradoras y Embotelladoras
de Vino de la Tierra de Castilla y León (ASOVINTCAL).
Todos sus miembros son poseedores de la más rica
y larga tradición vitivinícola, que se
remonta en muchos casos a bodegas centenarias.
Sus vinos destacan por su alta calidad, gracias a una
materia prima diversa, contando con variedades autóctonas,
únicas en esta comunidad, como Verdejo, Juan
García, Rufete, Prieto Picudo, Mencía
y la Tinta de Toro, entre otras.
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| [ Características ] |
Los
vinos, blancos, rosados y tintos, para poder utilizar
la mención «Vino de la Tierra de Castilla
y León», deberán reunir las siguientes
características:
1. – Características físico-químicas:
Vinos blancos y rosados:
Grado alcohólico volumétrico natural mínimo:
11 º .
Acidez total mínima: 4 g./l. por litro expresados
en ácido tartárico.
La acidez volátil no será superior a 0,8
g./l. ex presado en ácido acético, salvo
los que hayan sido sometidos a algún proceso
de envejecimiento, en cuyo caso dicho límite
no será superior a 1 g./l., siempre que su graduación
alcohólica sea igual o inferior a diez grados.
Para los vinos con crianza de mayor graduación,
este límite de acidez volátil será
incrementado en 0,06 gramos por grado de alcohol que
sobrepase de los 10º.
Anhídrido sulfuroso total: 200 mg./l. para vinos
con riqueza en azúcares inferior a 5 g./l.; y
250 mg./l. para vinos con riqueza en azúcares
superior a 5 g. / l .
Vinos tintos:
Grado alcohólico volumétrico natural mínimo;
11º.
Acidez total mínima: 4 g./l. expresados en ácido
tartárico .
La acidez volátil no será superior a 0,8
g./l. expresado en ácido acético, salvo
los que hayan sido sometidos a algún proceso
de envejecimiento , en cuyo caso dicho límite
no será superior a 1 g./l., siempre que su graduación
alcohólica sea igual o inferior a 10º. Para
los vinos con crianza de mayor graduación, este
límite de acidez volátil será incrementado
en 0,06 gramos por grado de alcohol que sobrepase de
los 10º.
Anhídrido sulfuroso total: 150 mg./l. para vinos
con riqueza en azúcares inferior a 5 g./l.; y
200 mg./l. para vinos con riqueza en azúcares
superior a 5 g. / l
Otros tipos de vino de mesa: Las establecidas en la
normativa vigente.
2. – Características Organolépticas:
Los vinos dispuestos para el consumo, serán vinos
con aromas limpios, francos, sin oxidar, excepto en
los casos en que los vinos hayan sido sometidos a crianza
oxidativa. No presentarán defectos de sabor.
Los vinos sometidos a un proceso de envejecimiento en
roble, habrán de permanecer un mínimo
de tres meses en barrica, y deberán presentar
las características aromáticas y gustativas
propias de dicha maduración.
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| [ Delimitación geográfica] |
Los vinos amparados por la mención «Vino
de la Tierra de Castilla y León », únicamente
podrán ser elaborados y/o envejecidos en bodegas
ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma
de Castilla y León y con uvas procedentes de
viñedos inscritos en el Registro Vitícola
de la Consejería de Agricultura y Ganadería
de la Junta de Castilla y León.
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| [ Normas de producción] |
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Normas de cultivo
El vino elaborado y envasado en bodegas ubicadas en Castilla y León únicamente
podrá utilizar la mención «Vino de la Tierra de Castilla
y León» cuando en su elaboración se hayan empleado exclusivamente
las variedades recomendadas o autorizadas mencionadas anteriormente, o aquellas
que la normativa en vigor pudiera recomendar o autorizar en el futuro para Castilla
y León.
Las prácticas de cultivo serán las que tiendan a conseguir las
mejores calidades de uva. Se realizarán de manera que expresen el mejor
equilibrio entre la vegetación y la calidad de la producción. Las
plantaciones autorizadas para la obtención de la uva destinada a la elaboración
de vino amparado por la mención «Vino de la Tierra de Castilla y
León» deberán ser en vaso o espaldera.
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| [ Etiquetado ] |
El etiquetado del «Vino
de la Tierra de Castilla y León», además
de los requisitos exigidos por el Reglamento (CE) 1493/1999,
del Consejo de 17 de mayo, el Reglamento (CE) 753/2002,
de la Comisión de 29 de abril de 2002, el Real
Decreto 1127/2003, de 5 de septiembre, y demás
normativa vigente, así como las normas que los
sustituyan o desarrollen, tendrá que cumplir
los siguientes requisitos:
- Se realizará con una determinada marca.
La etiqueta no dará lugar a confusión en cuanto al origen geográfico.
La referencia «Vino de la Tierra de Castilla y León» figurará en
la etiqueta principal con un tamaño mínimo de 3 mm. Si en el etiquetado
se citan variedades de uva, se indicarán, por orden decreciente del porcentaje
en que intervienen en la elaboración del vino.
- Todos los vinos que utilicen la mención «Vino de la Tierra de
Castilla y León» llevarán obligatoriamente una contraetiqueta
numerada.
- Será obligatorio indicar en el etiquetado de los vinos de la Tierra
de Castilla y León el nombre y/o marca de conformidad de la entidad externa
de control.
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| [ Control y Certificación] |
El control será efectuado
por entidades externas que cumplan la norma EN-45011
y estén inscritas en el Registro de Entidades
de Certificación de Productos Agroalimentarios
de Castilla y León para el alcance previsto
en el presente Reglamento.
Asociación
Asociación de Bodegas Elaboradoras y Embotelladoras
de Vino de la Tierra de Castilla y León
C/ Mariano García Abril 6, bajo
47014 VALLADOLID
Telf.: (983) 36 03 83
Fax: (983) 36 29 21 |
| [ Norma legal] |
| ORDEN
AYG / 323 / 2005, de 7 de marzo, que aprueba el Reglamento
por el que se establecen las normas de utilización
de la mención «Vino de la Tierra de Castilla
y León».
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| Ingredientes |
| Para seis personas: 1 pastilla de turrón; 1/2 kilo de figuritas
de mazapán (opcional); 1,5 litros de leche; 50 gramos de mantequilla
y 100 gramos de almendras peladas y cocidas y una cucharadita de
canela molida. |
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Una receta tradicional en el invierno y sobre todo en Navidad
es la sopa de almendras. Se trata de un plato muy extendido en
Valladolid,
León, Salamanca y Zamora. Aunque existen versiones que prescinden
de la leche, la más extendida es esta sopa dulce, que puede
utilizar, además, rebanadas de pan.
Se pone a cocer la leche y, cuando empieza a hervir, se agrega
la mantequilla, el turrón en trozos pequeños y el
mazapán
desmigado (también se puede añadir en trozos o utilizar
sólo pan). Se agregan las almendras molidas. A continuación
se remueve durante cinco minutos para impedir que se pegue y facilitar
una buena ligazón. Se le da un hervor y se retira del fuego.
Este plato es de sencilla elaboración y puede llevar un
tiempo no superior a los quince minutos.ependiendo de las versiones,
puede
colocarse al inicio de la comida o en los postres, si las materias
primas son demasiado dulces. Se sirve en la sopera, momento en
el que se espolvorea la canela molida. Aunque se toma caliente
hay a
quien este plato le gusta templado.
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