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CONSEJO
CONSULTIVO
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Organigrama: Composición del Consejo Consultivo
Es el órgano superior de consulta
de la Junta y de la Administración de la Comunidad,
compuesto por cinco consejeros, tres elegidos por las
Cortes de Castilla y León y dos por la Junta,
y entre los cuales se elige al presidente. Su sede provisional
se encuentra en Valladolid, aunque se trasladará
de forma definitiva a Zamora.
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| Edificio
de nueva construcción a escala de la sede
del Consejo Consultivo en el casco histórico
de Zamora. / Tico Luca |
El Consejo Consultivo ejerce sus funciones con autonomía
orgánica y funcional con el fin de garantizar
la objetividad e independencia de las mismas. Los dictámenes
que emanan de él no son vinculantes, excepto
en aquellos casos que vienen recogidos en las respectivas
leyes.
El Consejo consultivo de Castilla y León se encargará
de asesorar la administración regional en asuntos
de especial trascendencia.
Composición
Los tres miembros elegidos por las Cortes son designados
en votación conjunta de los candidatos que corresponda
presentar a los Grupos Parlamentarios en proporción
al número de procuradores integrado en cada uno
de ellos. Los candidatos se entenderán designados
si alcanzan el voto favorable de los tres quintos de
la Cámara en primera votación, o de la
mayoría absoluta en segunda votación,
si fuera necesario.
Entre los cinco consejeros se elegirá a su presidente.
En caso de vacante o ausencia de éste, ejercerá
sus funciones el consejero electo más antiguo,
y si concurriesen varios de la misma antigüedad,
el de mayor edad entre los de dicha condición.
Tanto el presidente como los consejeros se nombran por
decreto del presidente de la Junta de Castilla y León.
El presidente y los consejeros se nombran por decreto
del presidente de la Junta de Castilla y León.
Competencias
Sus funciones se estructuran en torno a dos tipos de
consultas: las preceptivas y las facultativas.
Las primeras se encuentran recogidas en el artículo
4 de su Ley, que hace referencia a los asuntos que deben
ser consultados por la Administración, como es
el caso de los anteproyectos de reforma del Estatuto
de Autonomía; proyectos de legislación
delegada; anteproyectos de Ley; proyectos de reglamentos
o disposiciones de carácter general que se dicten
en ejecución de las Leyes; recurso de inconsticionalidad
y conflictos de competencia interpuestos por la Junta
de Castilla y León ante el Tribunal Consitucional;
convenios y acuerdos de cooperación con otras
comunidades autónomas; transaciones judiciales
o extrajudiciales sobre los derechos de contenido económico
de la Junta de Castilla y León, así como
el sometimiento a arbitraje de las cuestiones que se
susciten respecto a los mismos; expedientes tramitados
por la Junta de Castilla y León y por las administraciones
locales que versen con materias como reclamaciones de
responsabilidad patrimomial, revisión de oficio
de los actos administrativos, aprobación de los
pliegos de cláusulas administrativas generales,
interpretación, nulidad y resolución de
los contratos administrativos, interpretación,
nulidad y extinción de concesiones administrativas
cuando se formule oposición por parte del concesionario,
modificación de los planes urbanísticos,
creación o supresión de municipios, así
como la alteración de los términos municipales.
En cuanto a las consultas facultativas, recogidas en
el artículo 5 de la Ley que la regula, hace referencia
a que los presidentes de la Junta de Castilla y León
y de las Cortes Regionales podrán recabar el
dictamen del Consejo Consultivo en aquellos asuntos
no incluidos en el artículo anterior que por
su especial trascendencia o repercusión lo requieran.
Tampoco podrá ser objeto de consulta ningún
asunto que estuviera en tramitación en las Cortes
de Castilla y León, salvo por acuerdo unánime
de la Mesa de las Cortes, oída la Junta de Portavoces.
Sede
El Consejo Consultivo de Castilla y León planea
su mudanza de Valladolid a Zamora en dos tiempos. En
el mes de julio se trasladará a un edificio del
Obispado, por el que pagará 11.633 euros
mensuales de alquiler. Esta será la
sede provisional hasta que se levante la definitiva
en el solar del antiguo convento de las Adoratrices,
junto a la Catedral.
La Consejería de Hacienda encargó en diciembre
de 2005 la redacción del proyecto. Una vez adjudicada
la obra, un edificio acristalado de dos plantas y rodeado
de un jardín que evoque a los huertos medievales,
el plazo de construcción será de un año.
Se prevé un gasto de 6,5 millones. La
entrega de llaves se sitúa en el 2007.
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