| CONSEJO
ECONÓMICO Y SOCIAL
Su creación responde a la aspiración
del establecimiento de un marco estable y permanente
de comunicación y diálogo, tanto de las
organizaciones empresariales y sindicales entre sí,
como de éstas con la Administración Autónoma
de Castilla y León.
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| José
Luis Díez Hoces de la Guardia, presidente
del Consejo Económico y Social |
El Consejo Económico y Social fue creado según
la Ley 13/1990 de 28 de noviembre para el cumplimiento
de la función constitucional y facilitar la participación
de todos los ciudadanos en la vida política,
económica, social y cultural.
Es un órgano colegiado de carácter consultivo,
con funciones de asesoramiento y colaboración
en materia socioeconómica dentro de la Comunidad
Autónoma. Se configura como una institución
de Derecho Público, con personalidad jurídica
propia e independiente respecto de los órganos
de la Comunidad y como órgano permanente de comunicación
entre los distintos intereses económicos y sociales
de la Comunidad y de asesoramiento y diálogo
entre estos y la Administración Autonómica.
Composición
Esta institución está integrada por 36
miembros: 12 representantes de las organizaciones sindicales
más representativas de la Comunidad Autónoma
de Castilla y León, designados por éstas
en los términos que establezcan las normas que
sean de aplicación; otros doce miembros representan
a las organizaciones empresariales más representativas
de ámbito territorial en toda la Comunidad Autónoma,
de acuerdo con la representación institucional
que ostente. Y, por último, seis expertos designados
por la Junta de Castilla y León, cuatro representantes
de las organizaciones profesionales agrarias de ámbito
regional, designados por ellas mismas, un representante
de las asociaciones o federaciones de asociaciones de
consumidores de ámbito regional, designados por
ellas mismas y otro representante de las cooperativas
y sociedades anónimas laborales, designado por
sus organizaciones de ámbito regional. Todos
ellos son nombrados por decreto de la Junta de Castilla
y León, a propuesta de los organizadores e instituciones
a las que representen, por un periodo de cuatro años,
sin perjuicio de su reelección.
Funciones
Este órgano es el encargado de:
-Informar con carácter previo a su tramitación,
los proyectos de Ley y de Decreto, relacionados con
la política socioeconómica de la Comunidad
Autónoma que, preceptivamente, deberán
ser sometidos a su consideración.
-Conocer el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales
de la Comunidad Autónoma para lo cual la Junta
de Castilla y León remitirá al Consejo
Económico y Social su texto y demás documentos
que al mismo se acompañen, simultáneamente
a su envío a las Cortes Generales.
-Formular propuestas a la Junta de Castilla y León
sobre materias de la competencia de este Consejo.
-Elaborar dictámenes e informes en cualquier
clase de asuntos de carácter socioeconómico.
Por iniciativa propia, a petición de los órganos
de la Administración de la Comunidad Autónoma
o de las Cortes de Castilla y León, previo acuerdo
de sus comisiones.
-Servir de cauce de participación y diálogo
permanente entre los interlocutores sociales en el debate
de los asuntos socioeconómicos.
-Participar con su asesoramiento y colaboración,
en el desarrollo y planificación de la actividad
económica del sector público de la Comunidad
Autónoma que la Junta de Castilla y León
elabore.
-Canalizar demandas y propuestas de carácter
socioeconómico, procedentes de asociaciones e
instituciones con actividad económica y social
en el ámbito de la Comunidad Autónoma
con representación en el Consejo.
-Emitir anualmente, dentro del primer semestre de cada
año, un informe sobre la situación general
socioeconómica de la Comunidad. Dicho informe
será remitido a la Junta de Castilla y León
y a las Cortes Regionales.
-Formular recomendaciones y propuestas, en relación
con situaciones coyunturales de sectores económicos
y sociales determinados, a las instituciones básicas
de la Comunidad Autónoma.
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