SEDE
Nueva sede
de las Cortes de Castilla y León en Valladolid.
En los últimos años, el importante
incremento de las tareas parlamentarias, viene aconsejando
el traslado de la sede de las Cortes de Castilla y
León, desde su ubicación provisional
del Castillo de Fuensaldaña, a un edificio
más moderno y funcional.
Con este fin, se convocó en primer lugar un
concurso de ideas, resultando ganador el proyecto
del arquitecto granadino Ramón Fernández
Alonso, caracterizado por la utilización de
elementos y volúmenes constructivos con los
que trata de revestirse al edificio de un acentuado
carácter institucional y representativo, facilitando
al mismo tiempo la realización de las tareas
parlamentarias en óptimas condiciones de comodidad
y seguridad.
Nuevo edificio
Ubicado en el Plan Parcial denominado "Villa
de Prado", de la ciudad de Valladolid, al pie
de la Avenida de Salamanca, el edificio de la nueva
sede de las Cortes de Castilla y León constan
de un sótano y siete plantas, y dispone de
dos partes bien diferenciadas, la institucional, donde
se sitúa el Hemiciclo, y la administrativa,
donde se ubican a su vez los servicios auxiliares
de la Cámara.
Con objeto de "prevenir las necesidades de un
parlamento del siglo XXI", en palabras del Presidente
de las Cortes de Castilla y León, José
Manuel Fernández Santiago, se elaboró
durante el mes de julio de 2003 el proyecto definitivo,
para aumentar la versatilidad y funcionalidad de sus
dependencias, y conseguir la mejor adecuación
al trabajo, tanto de las distintas Comisiones y órganos
del Parlamento regional, como del aparato administrativo
que permite su desenvolvimiento.
El 19 de agosto de 2003 se publicó en el Boletín
Oficial de las Cortes de Castilla y León la
resolución de la Presidencia por la que se
anuncia la licitación de las obras de construcción
de la nueva sede mediante procedimiento abierto y
adjudicación por concurso con variantes, con
un plazo de ejecución de 28 meses.
En su reunión de 18 de febrero de 2004, la
Mesa de las Cortes adjudicó el contrato de
construcción de la nueva sede de la Institución
a la Unión Temporal de Empresas integrada por
las sociedades Fomento de Construcciones y Contratas
y Collosa
Entre las mejoras funcionales y las soluciones constructivas
respecto al proyecto original, destacan el sistema
de instalación del cubo que sirve de cúpula
al nuevo hemiciclo, realizado de forma que se facilite
su mantenimiento y conservación, el incremento
de la luminosidad de las zonas de trabajo de los procuradores
y de administración, y la simplificación
de los elementos estructurales.
Es de reseñar asimismo el cuidado que pone
el proyecto de ejecución que ha resultado ganador
del concurso con variantes en la acústica del
hemiciclo.

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| Anterior
sede de las Cortes en la localidad vallisoletana
de Fuensaldaña |
Anterior sede de las Cortes: El castillo
de Fuensaldaña
A once kilómetros de Valladolid se encuentra
Fuensaldaña, localidad en la que está
ubicada la sede provisional de las Cortes de Castilla
y León. El castillo-fortaleza, en el que destaca
su torre, fue construido en 1453. Este edificio, que
atravesó diferentes avatares, estuvo a punto
de ser derribado en 1521, una decisión que
no llegó a ejecutarse. Afortunadamente, en
los años 70, la Diputación Provincial
de Valladolid se hace cargo de él tras ser
cedido por el municipio y será la institución
provincial la encargada de transformarlo en un parador
de turismo. En el verano de 1983, la Diputación
cede el castillo para las primeras Cortes de Castilla
y León.
Ley de sedes
El Estatuto de Autonomía de Castilla y León
optó por remitir a una Ley propia de la Comunidad
la fijación de la sede o sedes de las instituciones
de autogobierno.
Esta ley señala en su artículo único
que «las instituciones básicas de la
Comunidad de Castilla y León: Cortes de Castilla
y León, Junta y su presidente, en que se exprese
su autogobierno, tendrán su sede en la ciudad
de Valladolid». Este artículo viene determinado
por tres disposiciones adicionales que señalan
que las Cortes de Castilla y León determinarán
su ubicación, de acuerdo con lo previsto en
el artículo único, conforme al procedimiento
establecido en su propio reglamento. La Junta de Castilla
y León determinará su ubicación
en la ciudad de Valladolid y se mantendrá como
sede la actualmente establecida en el Castillo de
Fuensaldaña. Ambas instituciones podrán
celebrar sesiones y reuniones en otras localidades
de la Comunidad Autónoma distintas a su sede.